Art. lro: Déjase sin efecto en todo el territorio de
la Provincia de Córdoba, la Resolución
del Sr. Ministro de Salud de la Provincia, Nro. 093/12, del 30 de marzo de 2.012, y su Anexo I,
denominado “Guía de Procedimiento para
la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible, según lo
establecido en el artículo 86 incisos 1° y 2° del Código Penal de la Nación”.
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