Rosario
adecuó la Ordenanza sobre “abortos no punibles” al reciente pronunciamiento de
la Corte Suprema de Justicia. El “acatamiento” a un fallo inicuo que no es
obligatorio sólo puede obedecer a tres motivos: ignorancia, intereses políticos
espurios y/o móviles ideológicos afines a los del mencionado Tribunal.
Por
Mónica del Río
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